CGR determina marco legal especial y obligatorio que deben respetar las Fuerzas Armadas para administrar financieramente su fondo para obras.
Se trata de la Ley que Establece Normas para Obras de Exclusivo Carácter Militar.
Se trata de la Ley que Establece Normas para Obras de Exclusivo Carácter Militar.
La demandada dedujo recurso de nulidad fundado en las causales del artículo 478 letra a), la de la letra e) del artículo 478; del Código del Trabajo.
El amparado estimó vulnerado su derecho a la presunción de inocencia.
La recurrente estimó vulnerada su garantía constitucional a la propiedad.
Mayor eficiencia, cercanía con el Ejecutivo, rebajar gastos de traslados, son algunos de los argumentos argüidos por quienes quieren la sede en la capital.
El máximo Tribunal estableció que el funcionario recurrente cumplió funciones habituales y no esporádicas por lo que relación laboral con Conadi está regulada por el Código del Trabajo.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, dictada por el ministro de fuero Mario Carroza Espinosa, que condenó a Gerardo René Maluje Abraham y Arturo Óscar Contreras Tamayo a penas de 5 años y un día y 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, respectivamente.
El máximo Tribunal estableció que no corresponde recurrir de unificación de jurisprudencia contra sentencias dictadas en procedimiento monitorio.
El Tribunal de alzada confirmó las sanciones aplicada por la CMF a los reclamantes por infracciones a la Ley de Mercado de Valores.
La resolución será expedida dentro del plazo de tres días.