Los eurodiputados ponen el veto a los violadores de derechos humanos.
Los eurodiputados dejaron claro que la decisión debe basarse en criterios claros.
Los eurodiputados dejaron claro que la decisión debe basarse en criterios claros.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, dictada por el Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que estableció que «el mero retardo en la devolución del dinero, reconociendo dominio ajeno, no constituye delito».
El órgano contralor, precisó que, para percibir dicho viático, se requiere incurrir en gastos de alojamiento y/o alimentación y su pago prescribe en el plazo de seis meses desde que se hizo exigible.
El recurrente consideró vulnerados el derecho a la igualdad ante la ley.
La recurrente consideró vulnerados el derecho a la igualdad ante la ley y el derecho a no ser juzgada por comisiones especiales.
Se ha buscado a sabiendas proporcionar maliciosamente documentos inexactos con la finalidad de facilitar ocultamiento del ingreso, patrimonio y capacidad económica.
La Magistratura Constitucional colombiana tuteló los derechos fundamentales a la libertad de expresión, a la educación y al debido proceso del estudiante.
Se ordenó al recurrido eliminar toda publicación relativa a la recurrente cualquiera que sea su formato de registro.
El requirente estima que el precepto impugnado infringe la igualdad ante la ley y el debido proceso.
El TEDH no va a entrar en valorar si la legislación penal de un Estado está bien o mal configurada, pues no entra en la formulación de la ley.