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Por falta de fundamentación.

Segundo Tribunal Ambiental anuló resolución de la SMA que sancionó a productora de aceite de oliva con multa de 1.916 UTA.

El Tribunal concluyó que, para determinar la sanción, la SMA no fundamentó debidamente la ponderación de las circunstancias asociadas a la importancia del daño causado o del peligro ocasionado, el beneficio económico obtenido con motivo de la infracción, y la capacidad económica del infractor (Artículos 40 letras a), b) y c) de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente).

15 de abril de 2021
Debido proceso y derecho de propiedad.

Universidad de Chile presenta requerimiento al TC para que declare inaplicable normas que le impedirían contratar con el Estado, en causa en la que fue denunciada por académica que alega vulneración de sus derechos fundamentales.

La Universidad requirente aduce que no resulta lógico ni justo que, frente a una conducta menor, se le pueda hacer además acreedora de una adicional condena que le significará e la imposibilidad de poder concurrir a licitaciones respecto de contrataciones administrativas por un período de dos años.

15 de abril de 2021
Páginade 5275