Corte Suprema de Estados Unidos limita las atribuciones de la SEC para imponer sanciones.
Señala que su atribución para imponer multas no puede extenderse a daños punitivos.
Señala que su atribución para imponer multas no puede extenderse a daños punitivos.
El máximo Tribunal mantuvo la decisión impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que condenó a la parte recurrente por falta de servicio.
El máximo Tribunal estableció el actuar ilegal y arbitrario de los recurridos, al denegar el acceso al medicamento, anteponiendo razones económicas al derecho a la vida e integridad física del niño.
El proyecto establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para reconocer al pueblo Chango como etnia indígena de Chile.
La Comisión de Recursos Hídricos del Senado despachó en particular, la moción que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del recurso. No obstante, la senadora Luz Ebensperger hizo de reserva de constitucionalidad sobre parte del texto legal referido al deber de informar y facultades del Jefe de Estado.
La actora, en el primer otrosí de la demanda, solicitó al tribunal la implementación de medidas preventivas con la finalidad de suspender los efectos del acto o actos que estima vulneratorios y que fueron objeto de su acción, a lo que el juez accedió. En contra de esa resolución la demandada interpuso recurso de apelación.
Los autores afirman que muchas de las preocupaciones dirigidas hacia las actuales medidas, son, en realidad, muy viejas.
En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
La gestión pendiente incide en autos voluntarios, seguidos ante el Vigesimotercer Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de Santiago, por recurso de casación en la forma y apelación.