Corte de Santiago rechaza demanda por mantención de registro de deuda universitaria.
El Tribunal de alzada acogió el recurso de apelación deducido en contra de la resolución, dictada por el 3° Juzgado Civil de Santiago, que acogió la demanda.
El Tribunal de alzada acogió el recurso de apelación deducido en contra de la resolución, dictada por el 3° Juzgado Civil de Santiago, que acogió la demanda.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, dictada por el 18° Juzgado Civil de Santiago, que ordenó a la demandada el pago de derechos de autor adeudados por local de Maipú.
El Tribunal estableció infracción a la lex artis de los demandados al dar el alta médica de paciente sometida a cesárea y que presentó posteriormente complicaciones por la no extracción total de placenta.
El Tribunal de alzada estableció la responsabilidad de la comunidad por el daño emergente causado al demandante.
En la resolución, el ministro en visita acusó a Bertalino Segundo Castillo Soto, Jaime Lazo Pérez, Valentín Evaristo Riquelme Villalobos, Sergio Hevia Febres, Juan de Dios Reyes Basaur, Gilda Mercedes Ulloa Valle, Alejo Esparza Martínez y Héctor Vicente Santibáñez Obreque.
Cabe recordar que en el requerimiento se acusan diversas irregularidades relativas a la gestión del apelante.
La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Prado y de la Ministra Vivanco.
Acerca del discurso proferido en su propia defensa contra la acusación del crimen de magia.
El Tribunal condenó a la constructora a pagar $6.000.000 por daño moral y $20.979.000 por lucro cesante.
La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Muñoz, quien fue del parecer de entrar al fondo del asunto sometido al conocimiento de la Corte.