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Igualdad de Género.

Reforma Constitucional prohíbe los tributos de carácter sexista y establece la exención del pago de impuesto a los productos de gestión menstrual.

El establecimiento de un impuesto a estos bienes, pone de manifiesto que la vida para una persona con la capacidad de menstruar es significativamente más cara, lo que dificulta el más pleno goce de los derechos de las mujeres, de las demás personas con capacidad para menstruar y el avance hacia la igualdad de género.

14 de septiembre de 2021
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