CS confirmó sentencia que rechazó protección contra Edificio Torre el Almendral por instalar cámaras en un pasillo que afecta al recurrente y su familia.
El recurrente estimó vulnerada su garantía constitucional del derecho a la vida privada.
El recurrente estimó vulnerada su garantía constitucional del derecho a la vida privada.
Tanto la demandada principal como la demandada simplemente conjunta, fueron condenadas en primera instancia e interpusieron recursos de nulidad contra esa sentencia.
La decisión fue acordada con el voto particular de los Ministros Highton de Nolasco y Maqueda.
Corresponde ahora que la iniciativa -en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados.
De este modo, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Concepción.
La gestión pendiente incide en autos penales, instruidos por la Ministra en Visita Extraordinaria de la Corte Marcial.
La gestión pendiente incide en autos sobre sobre indemnización de perjuicios, seguidos ante el Cuarto Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago.
Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.
La decisión fue adoptada con los votos en contra de los Ministros Muñoz y Aránguiz.
El ente contralor expuso que, además, dicho órgano se debe pronunciara sobre aquel, lo que no consta hubiese ocurrido en la especie, puesto que es el propio solicitante es quien afirma que no presentó el aludido medio de impugnación.