Artículo 184 del Código del Trabajo impone un alto estándar de cuidado para el empleador.
Lo obliga a proteger «eficazmente» la vida y la salud de los trabajadores, pero las «medidas necesarias» que debe tomar dependen de la situación concreta de los servicios que presta el trabajador y de los riesgos a que está expuesto con su labor.