Corte de Temuco declara inadmisible recurso de protección contra delegado presidencial y Ministro del Interior por no adoptar medidas que garanticen el orden y seguridad pública en esa ciudad.
La pretensión excede las materias objeto del recurso de protección, puesto que abarca aspectos de política pública que deben ser definidos por la autoridad gubernamental dentro del marco de sus atribuciones.