Fiscalizaciones a dueño de discoteque por Carabineros en el marco de la Ley N°19.925 no son ilegales, resuelve Corte de Puerto Montt.
Si el recurrente estima que las infracciones constatadas son inexistentes, carecen de fundamento, o no resultan acreditadas por la mera constatación de los funcionarios policiales, debió efectuar sus defensas y alegaciones en la sede correspondiente, esto es, en el Juzgado de Policía Local.