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Libertad de expresión.

Tribunal Supremo de España se pronuncia respecto de los elementos del delito de enaltecimiento del terrorismo.

Lo que proscribe el tipo penal es el llamado discurso del odio, que plantea el siempre difícil problema de delimitar qué discursos son punibles y qué otros discursos, por más que sean inaceptables, no pueden ser objeto de sanción penal, bien por estar amparados por la libertad de expresión, bien por resultar desproporcionada la respuesta penal.

17 de septiembre de 2021
Código Orgánico de Tribunales.

Norma que establece que el recurso de queja solo procederá cuando las faltas o abusos graves se cometan en una sentencia interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación, se cuestiona ante el Tribunal Constitucional.

Contraviene el debido proceso, el derecho al recurso, dada la vaguedad e imprecisión en su redacción. No se define previamente lo que debemos entender jurídicamente con la frase “sentencia interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación”.

17 de septiembre de 2021
Páginade 5747