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Invalidación acto administrativo.

CGR dictamina que a pesar de que solo uno de los tres montepíos que percibe la viuda se ajusta a derecho, no es posible invalidar las resoluciones que erróneamente los otorgan por haber transcurrido el plazo.

DIPRECA deberá continuar pagando esos montepíos, sin perjuicio de la posibilidad que le asiste de impugnar tales actos en sede judicial, en caso de estimar que concurren causales para ello. Dos de las pensiones de montepío fueron conferidas sobre la base de una errónea interpretación legal.

12 de mayo de 2021
Falta de quórum mínimo para su interposición.

TRICEL deberá pronunciarse sobre el rechazo de las excepciones opuestas por Jorge Sharp en requerimiento de remoción del cargo de Alcalde intentado en su contra.

El inciso cuarto del artículo 60 de la LOC de Municipalidades establece que la causal de remoción por impedimento grave, por contravención de igual carácter a las normas sobre probidad administrativa, o notable abandono de sus deberes será declarada por el tribunal electoral regional respectivo, a requerimiento de, a lo menos, un tercio de los concejales en ejercicio.

12 de mayo de 2021
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