Corte Suprema confirma condena por microtráfico en cárcel de Talca
El máximo Tribunal descartó actuar ilegal de los funcionarios de Gendarmería que practicaron registro corporal al recurrente, procedimiento que permitió descubrir la droga.
El máximo Tribunal descartó actuar ilegal de los funcionarios de Gendarmería que practicaron registro corporal al recurrente, procedimiento que permitió descubrir la droga.
El Tribunal de alzada elevó la indemnización que había establecido en primera instancia el 12º Juzgado Civil de Santiago.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso indicó que la conducta de la recurrida al proceder como lo hizo devino en ilegal por obligar al afiliado a desembolsar injustificadamente una superior.
El máximo Tribunal ibérico también desestimó el recurso de casación planteado por la esposa del sargento, que fue condenada a título lucrativo.
La Corte de Valparaíso indicó que, a la luz de lo razonado, es posible estimar que la garantía constitucional consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República.
La Corte Suprema indicó que, no se advirtió en la actuación de la autoridad recurrida ilegalidad o arbitrariedad alguna.
La Corte de Santiago declaró inadmisible el recurso.
El Tribunal de alzada revocó en lo apelado la sentencia dictada por el Sexto Juzgado Civil de Santiago e hizo lugar, con costas, a la demanda deducida.
El Tribunal hizo lugar a la demanda, tras establecer la existencia de relación laboral entre las partes.
El Tribunal ordenó a la Clínica Bupa Antofagasta indemnizar a los demandantes, tras establecer el actuar negligente del equipo obstétrico, que no informó oportunamente a personal médico las complicaciones que presentaba el embarazo y activar el tratamiento de emergencia.