CS declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia deducido en contra de la sentencia que acogió demanda por incumplimiento de contrato colectivo en contra la Corporación Municipal de Punta Arenas.
El Tribunal de alzada rechazó el arbitrio tras constatar que la resolución impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, no se pronunció sobre alguna materia de derecho susceptible de contraste.