TEDH condenó a España al considerar que el Tribunal Constitucional debió admitir amparos de dos miembros de ETA contra las sentencias que rechazaron descontar de las penas impuestas por los tribunales españoles los años de prisión ya cumplidos en Francia.
«Las decisiones que condujeron parcialmente a la inadmisión de los recursos de amparo por no agotar las vías judiciales disponibles privaron a los demandantes del derecho de acceso a un tribunal», afirma el fallo del Tribunal Europeo.