Corte de Rancagua confirmó resolución que no dio lugar al arresto solicitado en juicio de cobranza laboral.
El apremio se contempla en el artículo 12 de la Ley N°17.322.
El apremio se contempla en el artículo 12 de la Ley N°17.322.
Integra una selección de los principales desarrollos jurisprudenciales en las decisiones de cada una de las Cortes durante ese año.
El aumento del monto indemnizatorio es un juicio valorativo propio del Tribunal de instancia.
Los Directores de establecimientos educacionales pueden remover a los funcionarios que ocupan cargos de exclusiva confianza, pero cumpliendo los requisitos prescritos en el Decreto N°447 de 2019.
Esto, a propósito de solicitud de, una funcionaria de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena –CONADI-, con desempeño en Temuco, quien reclama por la disminución en el monto de dinero que se le asignó para el año 2020, por concepto del beneficio de sala cuna.
Establece que acción de nulidad absoluta de los actos realizados en contravención Ley N°19.253, prescribe en el plazo de 15 años desde la celebración del contrato.
Pese a que las vacunas tampoco son obligatorias en menores, existen algunos precedentes en los que se ha recurrido a una orden judicial para que sí lo sea.
La sentencia definitiva dictada en los procedimientos monitorios debe contener las menciones señaladas en los números 1, 2, 5, 6 y 7 del artículo 459 del Código del Trabajo.
La Ley N°20.027 establece un mecanismo especial para el pago de lo adeudado por los estudiantes que acceden a un crédito con garantía estatal destinado a financiar su educación superior.
La gestión pendiente incide en autos sobre procedimiento de cobranza laboral y previsional seguidos ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago.