Proyecto de ley declara el primer sábado de septiembre como el Día Nacional de la Oración.
Contribuyendo a una mayor realización espiritual.
Contribuyendo a una mayor realización espiritual.
El requirente fue derivado a tres instituciones diferentes para obtener la información.
El Tribunal de alzada rechazó con costas el recurso de apelación deducido por las sancionadas Universidad de Chile y la sociedad concesionaria Red de Televisión Chilevisión S.A., en contra del Acuerdo sancionatorio adoptado por el CNTV.
El máximo Tribunal rechazó el recurso de casación en el fondo deducido por el Servicio de Impuestos Internos en contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago.
El máximo Tribunal estableció que la materia planteada en el recurso no es equiparable con las que sustentan los fallos de contraste acompañados.
El Tribunal de alzada revocó la sentencia impugnada, dictada por el Séptimo Juzgado Civil de Santiago, que había rechazado la demanda.
El Tribual de alzada confirmó la sentencia que acogió la demanda por despido injustificado y, parcialmente, la de cobro de prestaciones, ordenando a Codelco pagar las sumas de $5.996.71, por recargo sobre la indemnización por años de servicio, y la devolución de $4.815.008, monto descontado del seguro de cesantía.
Se trata de una comunicación privada y el recurrido cerró su cuenta en dicha red social. No hay medida que adoptar.
El Tribunal estableció que la demandada no justificó en qué consisten claramente los ajustes estructurales, y tampoco la real necesidad en los cambios en relación a los trabajadores. Todo ello, no sólo obsta a la adecuada defensa del trabajador, sino que limita la posibilidad del Tribunal de analizar si los hechos que se indican resultan suficientemente probados.
El máximo Tribunal estableció que la materia que se pretende unificar no es de aquellas habilitadas por el legislador para dicho fin.