CS confirmó sentencia que acogió protección contra particular por expulsar a contratistas de terreno y remover contenedor.
El fallo del Tribunal de Alzada señaló que, constituye un principio esencial del Derecho, la proscripción de la auto tutela.
El fallo del Tribunal de Alzada señaló que, constituye un principio esencial del Derecho, la proscripción de la auto tutela.
No se advierte inconveniente en que los municipios establezcan en sus ordenanzas que corresponde a los establecimientos colindantes a los bienes nacionales de uso público administrados por las municipalidades, reparar los pavimentos de las aceras.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 numerales 3, 15, 21 y 24 de la Constitución.
El Tribunal de Alzada señaló que la recurrida perturbó o amenazó el derecho que le asistió a la recurrente, a ser reconocida como una sociedad cumplidora de sus obligaciones laborales
La sesión ordinaria contempla también en su tabla una propuesta que perfecciona la ley que prohíbe estacionar en espacios exclusivos para personas en situación de discapacidad y el proyecto que establece normas para asegurar la conservación de humedales.
El máximo Tribunal revocó la sentencia impugnada, dictada por el 25° Juzgado Civil de Santiago, y rechazó íntegramente la demanda deducida, tras establecer que las declaraciones del pastor cuestionado no fueron injuriosas.
Se eligió como presidenta a la diputada Sepúlveda. La instancia tiene hasta el 23 de enero para entregar su análisis del libelo.
El máximo Tribunal declaró inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por la empresa chocolatera en contra de la sentencia que ratificó el actuar de la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Oriente.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, dictada por el Décimo Noveno Juzgado Civil de Santiago, que acogió la demanda.
El máximo Tribunal rechazó el recurso de casación en el fondo deducida por el operador y franquiciado de la cadena de comida rápida Mc Donalds, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la resolución del tribunal especial.