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"Los hechos descritos constituyen para los magistrados el delito consumado de tortura, consignado en el Código Penal".

Segundo TOP de Santiago condena a 8 años y seis meses de presidio a técnico paramédico por tortura sexual a paciente internada en hospital siquiátrico.

Una vez que la víctima recuperó la conciencia y fue informada de lo acontecido, se generó en ella un grave sufrimiento por haber sido agredida sexualmente en circunstancias que se encontraba en un estado de extrema vulnerabilidad por motivos de salud y bajo custodia estatal, añade el fallo, redactado en conjunto por los jueces de la sala.

24 de mayo de 2021
Ley 17.798.

CS acogió recurso de revisión y anuló la sentencia impugnada, dictada por el Consejo de Guerra en noviembre de 1973, que condenó al recurrente a 10 años de presidio, como autor del delito previsto y sancionado en el artículo 13 de la ley de control de armas.

El máximo Tribunal estableció la obligación de los tribunales nacionales de interpretar las normas internas sobre delitos de lesa humanidad, a la luz de la legislación internacional sobre derechos humanos.

24 de mayo de 2021
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