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"Ejercicio abusivo de una facultad, que deviene en arbitrariedad".

Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió recurso de protección presentado contra la empresa La Polar S.A, y ordenó a la entidad que se abstenga de efectuar gestiones de cobranza extrajudicial por vía telefónica a los recurrentes.

El Tribunal de alzada acogió, con costas la acción cautelar, tras establecer que la reiterada insistencia de cobrar por vía extrajudicial y telefónicamente constituye un ejercicio abusivo de una facultad, que deviene en arbitrariedad.

22 de diciembre de 2020
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