CS acogió recurso de casación en el fondo en contra de sentencia dictada en reclamo de ilegalidad que impugna Ordenanza dictada por la Municipalidad de la Reina.
Solo uno de los artículos de la ordenanza se declaró ilegal.
Solo uno de los artículos de la ordenanza se declaró ilegal.
La Segunda Sala señala que ha logrado formarse la convicción de que concurre la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 5° del artículo 84 de la LOCTC.
En su mensaje que el “sexo biológico” de una persona está definido permanentemente por sus cromosomas, lo que hace imposible el cambio de su género o nombre en cualquier registro oficial.
Dictamen responde a presentación del Instituto de Previsión Social (IPS) que expone problemas para recuperar el pago de los subsidios por incapacidad laboral.
En lo relativo al reproche formulado al Código de Procedimiento Penal como cuerpo íntegro, declara su inadmisibilidad por concurrir la causal prevista en el artículo 84 numeral sexto, de la LOCTC.
Fiscalizadores de las Inspecciones del Trabajo pueden interpretar administrativamente el sentido de las leyes laborales.
El Tribunal Constitucional ha declarado la inadmisibilidad de un requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, respecto del artículo 129 de la Ley N° 20.720, que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo. El precepto impugnado establece que el […]
La Magistratura constitucional de Colombia adujo que no es el contenido del mensaje lo que se cuestiona sino el medio y el propósito con el que fue empleado, puesto que al utilizarse el logo de la empresa y los colores que la identifican, se pretendió imponer mecanismos sancionatorios, de manera arbitraria, para expresar su inconformidad con la empresa accionante.
La Segunda Sala estimó que concurre la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 6° del artículo 84 de la LOCTC. El conflicto que plantea la actora está referido a materias que deben ser resueltas por el sentenciador competente, en este caso, el Primer Juzgado de Familia de Santiago.
La resolución de acoger a trámite fue tomada con el voto dirimente de la Presidenta del Tribunal, Ministra María Luisa Brahm.