Noticias

Recurso de casación.

Tribunal Supremo de España determinó que los enfermeros no pueden ordenar tratamientos corpo-estéticos y de prevención del envejecimiento que afectan a la salud.

Una eventual ausencia de específica regulación en la prestación de servicios sanitarios relativos a la estética y prevención del envejecimiento, en modo alguno puede implicar la habilitación del Consejo General recurrente para ordenar y regular la delimitación de funciones profesionales entre el personal médico y el de enfermería.

20 de mayo de 2021
En fallo dividido.

Corte de Valdivia acogió recurso de protección interpuesto en contra de isapre que rechazó solicitud de incorporación, debido a que consideró que la condición de la recurrente, quien presenta una malformación congénita representa un riesgo financiero para la prestadora de salud privada.

El Tribunal de alzada acogió  la acción cautelar, tras establecer que el actuar de la isapre, al basar decisión de afiliación en criterios meramente financieros, resulta ilegal y vulneratorio de garantías constitucionales de la recurrente.  

19 de mayo de 2021
Páginade 5787