CS rechaza unificación de jurisprudencia relativa al aumento de la bonificación dispuesta por la Ley Nº19.933.
El máximo Tribunal concordó con el criterio sostenido en la sentencia impugnada.
El máximo Tribunal concordó con el criterio sostenido en la sentencia impugnada.
La RELE observa con preocupación el incremento de declaraciones estigmatizantes por parte de personas de notoriedad o que aspiran a ocupar posiciones de responsabilidad en el proceso electoral en curso.
Los razonamientos esgrimidos en la sentencia impugnada constituyen la tesis correcta.
En diversos artículos se formulan propuestas sobre temas relevantes que estarán presente en el debate constitucional.
El máximo Tribunal estableció que la Empresa de Transportes Maullín Limitada, no acreditó que cuente con las autorizaciones y permisos pertinentes para construir en el sector de la laguna Guillermina, poniendo en riesgo, además, el derecho de la población a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
El Tribunal de alzada desestimó la causal de invalidez deducida por la Inspección Provincial del Trabajo Petorca La Ligua en contra de la sentencia, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que acogió parcialmente el reclamo de multa.
El Tribunal acogió la acción, tras establecer la responsabilidad del banco demandado al entregar información errada a compañía de seguros, lo que retardó la tramitación del seguro de desgravamen e impidió la venta de la propiedad.
Los cuestionamientos referidos al principio de legalidad y reserva de ley tenían como fundamento que la inclusión de cigarrillos y tabacos debió darse por medio de una norma con rango de ley.
María Teresa de Jesús Letelier, es abogada de la Pontificia Universidad Católica de Chile y antes de integrar la Corte de Apelaciones de San Miguel se desempeñó en diversos tribunales, entre ellos el 1° y 7° Juzgado del Crimen de Santiago.
La requirente aduce que la realización de un juicio a través de videoconferencia afecta el debido proceso, el derecho a la defensa y la igualdad ante la ley.