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"Si bien coinciden en el elemento ‘Valentino’, sus complementos, diseño y color logran otorgarle fisonomía e identidad propia".

CS rechazó el recurso de casación en el fondo presentado por sociedad inmobiliaria en contra de la sentencia que confirmó el fallo de primer grado por rechazo de demanda de oposición al registro de la marca mixta “Pizzería Valentino 71”.

El máximo Tribunal descartó error en la resolución, dictada por el Tribunal de Propiedad Industrial, que confirmó la sentencia de primera instancia que desestimó que el nuevo registro genere confusión entre los consumidores.

4 de mayo de 2021
"Los correos agregados dan cuenta de los reclamos permanentes del cliente, en los que cada vez se incorporan elementos que permiten evidenciar la frustración, molestias e incertidumbre".

Corte de Apelaciones de San Miguel condenó a agencia de viajes a pagar una multa de 20 UTM y una indemnización total de $6.089.692 por infracción a ley de protección de los derechos de los consumidores en la venta de cuatro pasajes aéreos.

El Tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, dictada por el 2° Juzgado de Policía Local de San Miguel, con  declaración que se condena a Despegar.com a pagar al demandante civil la suma de $2.089.692, por concepto de daño emergente, y de $4.000.000, por concepto de daño moral.

4 de mayo de 2021
"En el evento de encontrarse viva la víctima aportaría un monto mayor a los ingresos que la segunda recibió con posterioridad a su deceso".

Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia en la parte que condenó al Fisco a pagar una indemnización de $30.000.000 por concepto de daño moral, a viuda de fallecido en un procedimiento policial registrado en su domicilio.

El Tribunal de alzada confirmó la sentencia, dictada por el 19° Juzgado Civil de Santiago, que estableció la responsabilidad del Estado por falta de servicio, pero rebajó la indemnización por concepto de lucro cesante, de $50.000.000 a $30.000.000.

4 de mayo de 2021
"No puede sostenerse que la compensación monetaria percibida por la trabajadora constituya remuneración".

Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad deducido por cadena de supermercados y mantuvo la multa de 40 UTM por deducir indebidamente los bonos de sala cuna al considerarlos parte de la remuneración y, por ende, imponibles.

El Tribunal de alzada descartó infracción de ley en la sentencia impugnada, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo, que rechazó con costas la reclamación de multa impetrada.

4 de mayo de 2021
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