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Fisco como empresa principal.

Corte de La Serena rechazó recursos de nulidad laboral deducidos contra sentencia de Tribunal Laboral que condenó subsidiariamente al Fisco por despido injustificado de ex trabajadora de centro de mediación familiar.

La sentencia señala que, desde el punto de vista del trabajador, él aparece prestando servicios en virtud de la vinculación que tiene con el empleador directo con un tercero que, en definitiva, vela por la satisfacción de su propio fin ? el bien común ? al celebrar este tipo de contratos.

9 de agosto de 2020
Recurso de nulidad rechazado.

El feriado obligatorio e irrenunciable del 1 de mayo, 18 y 19 de septiembre, 25 de diciembre y 1 de enero no fue reconocido a los trabajadores por lo que la multa es procedente.

La expresión «cada dos años», indica de manera evidente que el derecho a descanso obligatorio es un año de por medio. Así, la expresión lingüística empleada por la norma, es la más adecuada para indicar una frecuencia bienal y consiste precisamente en aquello que sucede u ocurre cada dos años.

8 de agosto de 2020
Páginade 5281