CS confirmó sentencia que rechazó protección contra un particular por supuesta ocupación ilegal de predio en Lican Ray.
Se decidió que no corresponde dilucidar la controversia a través del presente recurso de protección.
Se decidió que no corresponde dilucidar la controversia a través del presente recurso de protección.
La decisión fue adoptada con los votos en contra de los Ministros Muñoz y Aránguiz.
La Corte de Valparaíso estimó que la resolución fue decretada por un tribunal competente, en el ejercicio de sus funciones y dentro de sus atribuciones legales.
El máximo Tribunal determinó que en el libelo se han mencionado hechos que eventualmente puedan constituir vulneración de garantías indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República.
Recurrente estimó vulnerada la garantía del derecho a la igualdad ante la ley y el debido proceso.
El máximo Tribunal señaló que no existe actuación arbitraria o ilegal por parte de las recurridas.
Recurrente estimó vulnerada la garantía del derecho a la vida y de la integridad física y psíquica.
La decisión fue adoptada con el voto en contra del ministro Fuentes.
El recurrente estimó vulneradas las garantías establecidas en el artículo 19 número 2 y 24 de la Constitución.
El recurrente estimó vulneradas las garantías establecidas en el artículo 19 número 2 y 3 de la Constitución.