Interlocutoria que decretó el sobreseimiento definitivo carece de la fundamentación necesaria para acreditar que no concurren los requisitos de los tipos penales imputados.
El fallo señala que en lo que se refiere al sobreseimiento definitivo del artículo 250 letra a) del Código Procesal Penal, se requiere que se acredite que no concurren los requisitos de los tipos penales de que se trata, en la especie, que la presunta desaparición del documento, referido en la querella como «borrador», no obstaculice gravemente el esclarecimiento de un hecho punible o la determinación de sus responsables.