CS acoge recurso de amparo y ordena abonar del tiempo que condenado permaneció en prisión preventiva en una causa diversa y en la que, finalmente, resultó absuelto.
El máximo Tribunal consideró que yerran los jueces recurridos al no abonar el tiempo que permaneció el amparado privado de libertad en un proceso previo, a la condena que actualmente está purgando.