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¿Son las redes sociales un mecanismo idóneo para presentar derechos de petición? Escribe: Adriana Lucía Galeano.

Esto, a propósito de lo resuelto por la Corte Constitucional colombiana, que abrió la posibilidad de que los ciudadanos puedan presentar derechos de petición a través de redes sociales, concluyendo que, cuando una entidad hace uso de plataformas sociales y el recurso es presentado de manera respetuosa y cumple con los requisitos de ley, le asiste la obligación de tramitar las solicitudes que por esa vía se formulen.

1 de diciembre de 2020
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