CS rechazó amparo económico contra Municipalidad de Macul por no permitir el funcionamiento de un laboratorio de cosméticos.
La decisión fue acordada con la prevención de la Ministra Sandoval.
La decisión fue acordada con la prevención de la Ministra Sandoval.
Se anuló la condena al pago de una indemnización de 4000 euros que el juzgado nº 13 de las Palmas de Gran Canaria.
Se concluyó que la sentencia de autos ha incurrido en la causal de nulidad del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en relación con el artículo 456 N° 6 del mismo cuerpo legal.
La gestión pendiente incide en autos sobre tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras de Quillota.
El recurrente adujo que se amenaza el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica.
La decisión de despedir se tomó en base a una grabación de audio, en la que se dice se oía la voz de un niño que respondía preguntas de un adulto.
El requirente estima que el precepto impugnado infringiría el debido proceso.
Corresponde ahora que la reclamada informe sobre la materia requerida dentro del plazo de 10 días.
El fallo indicó que en el caso sub lite correspondía dar lugar a la indemnización de perjuicios que las actoras demandaron por concepto del «mínimo garantizado».
La gestión pendiente incide en autos sobre alimentos menores y cuidado personal, seguidos ante el Juzgado de Familia de Pudahuel.