Si proceso de licitación pública no da como resultado la adjudicación a uno o más oferentes para contratar y a la brevedad se requiere el servicio de raciones alimenticias para escolares y párvulos, la autoridad administrativa puede contratar directamente
el control judicial se agota al constatar que la recurrida se ha limitado a ejercer una facultad discrecional sin que se divise arbitrariedad en su ejercicio, motivo por el cual el recurso de protección no puede ser acogido.