TRICEL confirma sentencia del Segundo TER de Santiago que declaró inadmisible reclamación contra renovación del Consejo Nacional de la FESUC.
El Segundo TER de Santiago estimó que el requisito de la reclamación establecido en el artículo 10 N° 2 de la Ley N° 18.593 de los Tribunales Electorales Regionales, no ha sido satisfecho.