Noticias

Reitera jurisprudencia.

CC de Colombia determinó que en la valoración de las causales de pérdida de investidura es preciso que el juez tenga en cuenta la conducta del procesado para establecer su culpabilidad.

La Magistratura constitucional de Colombia adujo que, el derecho sancionatorio como la pérdida de investidura, implica que el juez valore no solamente la configuración de la causal de pérdida de investidura desde el punto de vista objetivo, sino que es preciso valorar la conducta del procesado.

30 de enero de 2021
Páginade 5783