CS rechaza demanda de precario y revoca restitución de inmueble.
El máximo Tribunal acogió el recurso de casación en el fondo y anuló la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que hizo lugar a la restitución del inmueble.
El máximo Tribunal acogió el recurso de casación en el fondo y anuló la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que hizo lugar a la restitución del inmueble.
La indagación recayó en el ministro Carlos Gajardo, quien indicó que «el pleno recibió una denuncia formulada por abogados de la plaza en el sentido en que en un tribunal se habría nombrado de manera reiterada a una persona como árbitro, lo que al parecer de los denunciantes, resultaba llamativo».
El Tribunal castrense revocó la sentencia apelada, tras establecer que no existen antecedentes para condenar al militar por instigación a la sedición o motín.
La Asociación de Magistrados y el Colegio de Abogados expusieron sobre las actuales atribuciones de los jueces y los futuros cambios que se realizarán al sistema de nombramientos.
La propuesta comprende aspectos claves del petitorio de la actual movilización del magisterio, como es terminar con los llamados «dobles contratos»; garantizar y respetar el periodo de vacaciones; y eliminar resquicios para la recepción de bonos especiales para quienes se acogen a retiro.
Está pendiente una definición respecto de si se creará una Agencia especializada o si el rol lo asumirá el Consejo para la Transparencia.
La que fuera una crítica feroz del entonces escritor popular y hoy clásico de la literatura se convirtió en motor de cambio de un sistema corrupto que desangraba y devoraba a sus litigantes.
Resulta ser un hecho inconcuso la existencia de un conflicto jurídico en desarrollo entre la recurrente y el propietario del inmueble en que se emplaza el medidor que sirve al predio de aquella.
El autor sostiene que, aunque representa un gran potencial en la concreción de los derechos fundamentales, no debemos ignorar los límites de la Constitución.
La gestión pendiente incide en autos sobre protección, de que conoce la Corte de Apelaciones de Copiapó.