En proceso de extradición no se ejerce labor de juzgamiento alguna, es más bien un «ante-juicio de mérito», de allí que no resulta aplicable el procedimiento propio del juicio oral, ni siquiera en forma supletoria de aquel.
Por lo que de existir algún vicio normativo como los invocados por la defensa para sustentar la causal de nulidad ésta no puede prosperar.