CS confirmó sentencia que rechazó protección deducido por comerciante contra Sociedad Administradora del Terminal Pesquero por construcción de paredes divisorias entre inmueble del recurrente y el espacio colindante al terminal metropolitano.
La Corte de San Miguel indicó en su sentencia que, para la procedencia de la acción, resultó necesario que exista la vulneración, perturbación o amenaza del derecho fundamental invocado sea actual.