TC declaró derechamente inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma del COT que prohíbe la invalidación y enmienda de una sentencia definitiva que habría sido dictada con infracción de ley.
En su resolución, la Magistratura constitucional sostuvo que concurre la causal de inadmisibilidad del requerimiento prevista en el numeral 3 del artículo 84 de la LOCTC, toda vez que no existe gestión judicial pendiente en tramitación.