CS aprobó sentencia que rechazó amparo económico deducido por comerciante que mantenía máquinas de azar.
La resolución se encuentra acorde a la ley.
La resolución se encuentra acorde a la ley.
Además incorpora medidas de seguridad para embarcaciones marítimas.
Los recurrentes y reclamantes de autos arguyen que es posible distinguir tres errores de derecho e infracciones de disposiciones legales.
El Tribunal de alzada acogió el recurso y ordenó dejar sin efecto la exclusión, tras establecer que la recurrida no explicó en qué consistiría el potencial conflicto de interés, dado el lejano parentesco sanguíneo de la recurrente con la directora regional de servicio, funcionaria que, además, tiene la opción de abstenerse de participar, pudiendo ser subrogada legalmente.
El máximo Tribunal estableció el actuar arbitrario de la autoridad recurrida, al aprobar la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto sin recibir la respuesta definitiva de las objeciones planteadas por el organismo técnico.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, dictada por el 24º Juzgado Civil de Santiago, que no hizo lugar a la demanda, al no acreditarse los perjuicios denunciados.
El Tribunal de alzada descartó infracción a las reglas de la sana crítica en la valoración de la prueba en la sentencia impugnada, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que acogió la demanda.
El Tribunal de alzada confirmó la multa y rechazó el decaimiento del procedimiento sancionatorio.
El Tribunal acogió la demanda presentada en contra de la empresa de distribución de eléctrica por omisión negligente que llevó a un alza de voltaje de energía y que fue el origen de la quema del equipo del Laboratorio de Salud Pública Ambiental y Laboral de la Subsecretaría de Salud Pública, en agosto de 2016.
El máximo Tribunal calificó de ilegal, arbitraria y oportunista la decisión de la compañía de negar la cobertura y romper el acuerdo entre las partes.