Corte de Talca rechazó recurso de protección presentado por la defensora de la Niñez en contra de la Dirección del Servicio Nacional de Menores, de la Dirección Regional del mismo servicio y de la Subsecretaria de la Niñez, por eventuales omisiones del Sename respecto al cuidado y protección de los menores.
El Tribunal de alzada no hizo lugar a la acción proteccional, tras establecer que el Sename no ha incurrido en ilegalidad o arbitrariedad que afecte alguna de las garantías constitucionales que los reclamantes estiman conculcadas.