CC de Colombia determinó que concesión de facultades extraordinarias a Gobierno para reestructurar Contraloría no significa un desconocimiento a la autonomía constitucional de dicho órgano.
En específico se estudió si tales facultades desconocían el artículo 267 de la Constitución, que define a Contraloría como una entidad de carácter técnico con autonomía administrativa y presupuestal.