Corte de Apelaciones de Santiago rechaza reclamación de sociedad multada por la SBIF.
El Tribunal de alzada rechazó, con costas, la reclamación deducida por la sociedad en contra de la resolución que le aplicó una sanción de 150 UF.
El Tribunal de alzada rechazó, con costas, la reclamación deducida por la sociedad en contra de la resolución que le aplicó una sanción de 150 UF.
El Tribunal de alzada acogió la acción constitucional y ordenó al recurrido adecuar su actuación policial en forma estricta a la normativa legal y constitucional vigentes.
El Tribunal de alzada rechazó el recurso de nulidad deducido por la parte reclamante en contra de la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 de la Constitución numerales 8 y 24.
La recurrente estimó vulnerada su garantía constitucional del artículo 19 numeral 24 de la Constitución Política de la República.
La gestión pendiente incide en autos sobre juicio ejecutivo de cobro de obligaciones contenidas en cláusulas colectivas, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Calama.
El máximo Tribunal expuso que la parte recurrida incurrió en una actuación arbitraria e ilegal.
Las gestiones pendientes inciden en autos de apelación de incidente, de que conoce la Corte de Copiapó.
La Sala Octava concluyó concediendo el amparo del derecho fundamental a la salud de la accionante.
La gestión pendiente incide en autos laborales seguidos ante el Juzgado de Letras de Nueva Imperial, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Temuco, por recurso de nulidad.