Corte de Valparaíso anuló de oficio sentencia que rechazó demanda de tutela interpuesta por funcionaria contra Municipalidad de El Quisco.
Cualquier distinción de trato que se base en un criterio que no corresponda a la capacidad o idoneidad personal debe ser considerada discriminatoria, aun cuando no sea alguno de los señalados en el artículo 2 del Código del Trabajo.