Corte Suprema desestimó acción de protección deducida por Comunidad Indígena en contra de la CONADI por el retardo en la emisión del informe exigido por la Ley N°19.253.
El retraso de la Corporación en la emisión del informe ha creado inestabilidades psicológicas en los miembros de la Comunidad Indígena, quienes se encuentran en un estado de angustia por el futuro del proceso judicial, alegan los recurrentes.