TS de España rebajó las penas impuestas a un matrimonio por planear ir a Siria para unirse al Daesh junto a su hijo menor.
Considera que no hubo intención de ir a la zona terrorista, aunque sí auto-adoctrinamiento en la persona del marido.
Considera que no hubo intención de ir a la zona terrorista, aunque sí auto-adoctrinamiento en la persona del marido.
La recurrente estimó vulnerado el derecho de propiedad.
La CGR señala que la autoridad universitaria se vio en la obligación de eliminar a la peticionaria de la carrera en comento.
La gestión pendiente incide en un recurso de apelación de protección, en actual conocimiento de la Corte Suprema.
La decisión fue acordada con el voto en contra de los Ministros Cisternas y Valderrama, quienes fueron del parecer de confirmar la resolución apelada.
La decisión fue acordada con la prevención de la Ministra Egnem, quien estuvo por anular de oficio la sentencia recurrida.
Se trata de un ciudadano español acusado de cometer un abuso sexual en la ciudad de Santiago de Chile.
El proyecto pasa ahora a estudio a las Comisiones de Recursos Hídricos y de Hacienda.
La gestión pendiente invocada incide en autos sobre filiación no matrimonial, de que conoce el Juzgado de Familia de Limache.
La Comisión señala que estos derechos incluyen los pertinentes a la no discriminación, la vida, la integridad personal, la salud, la dignidad, y el acceso a la información, entre otros