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Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Francia no vulneró la libertad de expresión de político que permitió publicaciones discriminatorias contra la comunidad musulmana en su página de Facebook, en plena campaña electoral.

Se puede aceptar que los comentarios reflejaban un grado de malestar social que podría requerir una respuesta política, además del hecho de que correspondían al tipo específico de comunicación que se encuentra en ciertos portales en línea. No obstante, en un contexto electoral, el impacto del discurso racista y xenófobo se hace mayor y más nocivo, particularmente por el clima político y social conflictivo que primaba en aquel momento.

22 de mayo de 2023
España.

Responsabilidad de ciclista en un accidente de tránsito se confirma: impactó el lateral de un vehículo mientras circulaba a exceso de velocidad por la acera peatonal.

Si bien en las zonas peatonales el conductor tiene la obligación de dejar pasar a los peatones que circulen por ellas, en el momento de la colisión el coche ya había alcanzado la acera, motivo por el cual su conductora estaba mirando hacia su izquierda para comprobar que podía acceder finalmente a la calzada desde la acera, que ya estaba ocupando, cuando el ciclista circulando a velocidad inadecuada colisionó contra la puerta del copiloto.

22 de mayo de 2023
Corte Suprema de Argentina.

Llamar “kapo judio” a periodista por otro judío, con ocasión de opinar en un canal de TV acerca del asesinato de tres jóvenes israelís, se encuentra amparado por la libertad de expresión a pesar de ser agraviante y exagerado.

El actor se expuso voluntariamente al escrutinio público de sus ideas al participar de forma activa en debates sobre temas de interés público, a la par que dispone de un acceso significativamente amplio a los medios de comunicación y, por lo tanto, de la posibilidad de expresar su punto de vista sobre el asunto y refutar expresiones agraviantes.

22 de mayo de 2023
Recurso de protección desestimado.

Procedimiento disciplinario seguido ante el Tribunal de Ética del Colegio de Abogados en contra de una letrada por reclamos a su desempeño profesional no es ilegal ni arbitrario, resuelve la Corte Suprema

La sentencia por la cual se expulsó a la actora no se encuentra actualmente firme, pues se impugnó vía recurso de apelación (mecanismo recursivo regulado en el Reglamento del Colegio profesional). Además, de no verificarse arbitrariedades, ilegalidades o conculcaciones de derechos fundamentales en el procedimiento disciplinario.

21 de mayo de 2023
Independencia judicial.

Decreto de Alcalde de la Municipalidad de Porvenir que fija un sistema de control de asistencia de la Jueza de Policial Local de su comuna no se ajusta a derecho, resuelve la Corte Suprema.

Los Ediles a pesar de nombrar a los Jueces de Policía Local –previa propuesta de las Cortes de Apelaciones respectivas-, no ejercen un control ni son superiores jerárquicos de tales Magistrados, quienes ejercen sus funciones con plena independencia de los funcionarios municipales.

21 de mayo de 2023
Páginade 5281