Dueña de predio debe permitir el ingreso de funcionarios de empresa COPELEC para que efectúen mantención del tendido eléctrico.
La Ley General de Servicios Eléctricos obliga a mantener en buen estado las líneas de suministro.
La Ley General de Servicios Eléctricos obliga a mantener en buen estado las líneas de suministro.
Los trabajadores requirentes alegan que la aplicación del precepto impugnado agrega trabas improcedentes a la posibilidad de recurrir de nulidad.
Si bien existe un vacío legal al respecto, el ordenamiento no prohíbe dicha técnica de reproducción asistida.
Los hechos denunciados deben ser discutidos y probados en un procedimiento especial ante un Juzgado de Policía Local, lo que se contrapone con la naturaleza cautelar de la acción de protección.
La mantención de manera indefinida de datos personales de investigaciones de las que fue objeto la recurrente y que concluyeron con sobreseimiento definitivo, constituyen un acto que carece de fundamento, pues no existe norma legal que lo autorice.
El máximo Tribunal ordenó la anulación de todo lo obrado en el procedimiento no contencioso, ya que amenaza el ejercicio del derecho de propiedad de los recurrentes.
El general en retiro Óscar Izurieta Ferrer permanecerá detenido a la espera de resolver su situación procesal en un plazo de 5 días.
El máximo Tribunal reitera su criterio asentado, en orden a que se debe buscar una solución de fondo, más allá de modificaciones puntuales a los requisito para acceder a la libertad condicional o de aumento de penas para determinados delitos; solución que pasa por la creación de tribunales de ejecución de penas. Propuesta que el máximo tribunal viene planteando, a lo menos, desde el año 2000.
El máximo Tribunal estableció el actuar arbitrario de la recurrida al sancionar a la amparada que contaba con autorización otorgada por Gendarmería para utilizar un MP3, que supone el uso de audífonos para poder escuchar el contenido del aparato.
La Fiscalía le pidió a la Convención que mantenga y profundice tres principios de rango constitucional: autonomía, transparencia y objetividad.