CC de Colombia determinó que víctima de violencia sexual en el marco del conflicto armado quien es portador de VIH deberá recibir prestación humanitaria periódica.
La Magistratura colombiana ordenó al Ministerio del Trabajo que, en el término máximo de 10 días, lleve cabo los trámites necesarios para el reconocimiento y pago de la prestación humanitaria periódica como víctima del conflicto.