Corte Suprema rechazó nulidad de condenado por porte ilegal de arma y cohecho en Valdivia
El máximo Tribunal descartó actuar ilegal de la policía en el control de identidad del imputado que se realizó luego de que intentara huir de la policía.
El máximo Tribunal descartó actuar ilegal de la policía en el control de identidad del imputado que se realizó luego de que intentara huir de la policía.
El Tribunal de alzada anuló la sentencia recurrida, dictada el 2 de agosto pasado, tras establecer que la sentencia adolece de las razones legales y doctrinales atingentes para fundar el fallo.
El magistrado condenó al suboficial (r) de Ejército Juan Osvaldo Pardo Villarroel a la pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo en su calidad de cómplice de homicidio simple consumado cometido en la persona de Ángel Patricio Carmona Parada.
Con algunas indicaciones, la Comisión de Trabajo aprobó el proyecto que responde a tres mociones refundidas relativas al ámbito de aplicación del procedimiento de tutela laboral, que ahora se amplía a trabajadores del sector público.
La propuesta agrega a los elementos ya existentes una nueva consideración legal que permite priorizar el pago de este deber de los padres para con sus hijos/as por sobre otras obligaciones crediticias.
La demanda resurgió luego que se emitiera un reportaje televisivo donde quedó en evidencia la venta que hacen los laboratorios de sus medicamentos a las farmacias y la Cenabast, las diferencias de precios en esta comercialización y como ello afecta el precio que debe cancelar el consumidor final.
La Comisión advierte que de acuerdo con la información recibida, no se habrían hecho públicos los criterios de selección utilizados por la Comisión Especial del Congreso para seleccionar a los candidatos.
El máximo Tribunal determinó, por mayoría, acoger los recursos de casación de Oceana Inc, Asociación Gremial de Pescadores y Mariscadores de Los Choros y por la abogada Alejandra Donoso Cáceres en representación de tres personas jurídicas y una persona natural.
El máximo Tribunal confirmó la sentencia que estableció falta de servicio del centro asistencial.
El Tribunal de alzada estableció actuar arbitrario al rebajar las remuneraciones de la profesional que fueron pagadas de acuerdo a un contrato iniciado en 1999.