CS rechazó recurso de casación en el fondo deducido en contra de la resolución del Tribunal de Propiedad Industrial que acogió la oposición al registro marcario de equipos de telefonía satelital.
El máximo Tribunal confirmó la sentencia impugnada, que acogió la oposición debido a la similitud gráfica y fonética de los signos, que pueden inducir a error o confusión entre los consumidores.