Corte Constitucional del Ecuador rechazó acción de incumplimiento deducida en representación de 76 ecuatorianos en Chile por no poder retornar a su país.
La Corte Constitucional indicó que, que el ingreso de personas ecuatorianas y residentes que están de tránsito en otros países está condicionado a que sea adecuada, a que se impongan los debidos controles sanitarios y a la sujeción a las directrices emitidas por las autoridades de salud.